REQUISITOS DE ACOMPAÑAMIENTO
El Imserso mantiene las actuales normas para viajar con acompañante mientras estudia flexibilizar el programa
El Programa de Turismo del Imserso ya ha iniciado el calendario administrativo de la temporada 2026-2027, aunque las reservas de destinos todavía no están disponibles. Entre las dudas más frecuentes de los usuarios destaca quién puede viajar como acompañante y si las condiciones cambiarán en futuras ediciones, una cuestión sobre la que el Gobierno ya trabaja.

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En la actualidad, la normativa permite que las personas beneficiarias viajen acompañadas por su cónyuge, pareja de hecho o una persona con la que mantengan una convivencia estable. Además, el acompañante puede realizar el viaje, aunque no reúna los requisitos de edad o de pensión exigidos para acceder directamente al programa.
Posibles acompañantes y requisitos
También pueden viajar los hijos con una discapacidad reconocida igual o superior al 45 %, siempre que compartan habitación con la persona beneficiaria o, en caso de optar por una habitación individual, abonen el suplemento correspondiente. Asimismo, tanto los beneficiarios como sus acompañantes, salvo los hijos, deben ser capaces de desenvolverse de forma autónoma en las actividades básicas de la vida diaria. No obstante, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 estudia una reforma del programa que ya ha superado la fase de consulta pública, aunque todavía no ha sido aprobada. La propuesta pretende adaptar los viajes del Imserso a la realidad social actual y permitir que cualquier beneficiario pueda elegir libremente a la persona con la que desea viajar, sin necesidad de acreditar una relación de pareja o una convivencia estable.
La iniciativa responde a una situación cada vez más habitual entre las personas mayores, muchas de las cuales viven solas, han perdido a su pareja o prefieren viajar con familiares, amigos, cuidadores o personas de confianza. Entre las modificaciones que también se analizan figura la incorporación expresa de la figura del asistente personal como posible acompañante, la reducción del grado mínimo de discapacidad exigido a los hijos acompañantes, que pasaría del 45 % al 33 %, y la actualización de la terminología utilizada por el programa para adaptarla a la legislación vigente en materia de discapacidad, igualdad e inclusión.
Viajar con animales de compañía
El programa mantiene, además, la posibilidad de viajar con mascota, aunque únicamente en determinados destinos de costa peninsular y costa insular. Para esta modalidad se reserva un 2 % de las plazas disponibles, por lo que la disponibilidad es limitada. Los animales de compañía no pueden superar los 10 kilogramos de peso, incluido el transportín, y su presencia debe comunicarse en el momento de formalizar la reserva. Tanto los hoteles como las compañías de transporte pueden establecer requisitos específicos relacionados con la documentación, las vacunas o las normas de estancia.
Además, quedan excluidos los animales potencialmente peligrosos y los gastos derivados del viaje, así como la responsabilidad por posibles daños, recaen sobre la persona usuaria. En el caso de quienes viajen solos con su mascota, deberán alojarse en una habitación doble de uso individual y asumir el suplemento correspondiente. La temporada 2026-2027 contempla un total de 879.213 plazas. Tras el cierre del plazo de solicitudes el pasado 10 de julio, el proceso continuará con el envío de las acreditaciones durante la segunda quincena de agosto. La comercialización de los viajes comenzará en septiembre y las primeras salidas están previstas para el mes de octubre.
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