¿CUÁL TE CORRESPONDE?

La diferencia entre la pensión contributiva y la no contributiva

La pensión es un elemento fundamental para nuestros mayores, sobre todo para su subsistencia, se haya cotizado o no. ¿Pero conoces las diferentes formas de percibir estas pensiones? Existen dos tipos de pensiones: la contributiva y no contributiva. ¿Conoces en qué se diferencia y cuál te correspondería?

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Una vez llegamos a la edad de jubilación puede que tengamos dudas de cómo funciona el sistema de pensiones y las diferentes posibilidades que disponemos. Las cuantías, tiempos y los distintos derechos que tenemos, se convierten en un verdadero quebradero de cabeza a la hora de conocer los pagos y las formas en la que vamos a obtener nuestro dinero. Conocemos, por un lado, las pensiones contributivas dependiente de los años cotizados y por otro lado las no contributivas, que no depende del tiempo que hemos trabajado, pero existen otra serie de diferencias entre ambas.

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Pensión contributiva

En primer lugar, para poder acceder a una pensión contributiva, como mínimo debemos tener 15 años cotizados, en el que el pensionista en concreto haya cotizado a la Seguridad Social. Esta pensión dependerá fundamentalmente de los años cotizados, siempre y cuando hayan superado el límite indicado. La gestión de estas operaciones es llevada por Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y sus recursos proviene del sistema de fondos de la Seguridad Social.

Los requisitos que necesitas para poder acceder a esta pensión son tener ya 66 años y cuatro meses y acreditar al menos 15 años de cotización, de los cuales, al menos 2 deben haberse cotizado en los últimos 15 años. O tener 65 años y acreditar al menos 37 años y 9 meses de cotización, de los cuales, al menos 2 deben haberse cotizado en los últimos 15 años. También puede haber pensiones porjubilación anticipada, parcial o por invalidez.

Este 2023, la pensión mínima establecida para este año depende de varios supuestos pero principalmente para los mayores de 65 años si no tiene cónyuge la pensión mínima mensual será de 783,10 € (10.963,40 € anuales), si tiene un cónyuge, pero no está a cargo de él 743,30 € mensuales (10.406,20 € anules), finalmente si tiene un cónyuge a cargo 966,20 € mensuales (13.526,80 €). En cuanto a la pensión máxima, existe una pensión la cual no puede superarse y afecta a cualquier tipo de pensión (jubilación, viudedad, incapacidad permanente...). La máxima para este año son 3.058,81 € mensuales (42.823,34 € anuales).

Pensión no contributiva

Por su parte las pensiones no contributivas de jubilación, se entregan a todas aquellas personas las cuales, no han cotizado lo suficiente y carezcan de ingresos superiores a 6.784,54 euros anuales, sin embargo esta cifra puede variar en función de las rentas personales/familiares del beneficiario y el grado de consanguinidad.

Si vive solo con el cónyuge o algún familiar en segundo grado de consanguinidad (abuelos, hermanos) y los ingresos del grupo familiar no sobrepasan los 11.533,72 euros (si son dos personas) 16.282,90 (si son tres personas) o 21.032,08 (Si son cuatro). Por otro lado, si el conviviente son padres o hijos del solicitante el ingreso no debe superar los 28.834,30 euros si son dos personas, 40.707,25 si son tres personas o 52.580,20 en caso de cuatro.

Además de tener 65 años para poder cobrarla deben hayan haber residido en territorio nacional al menos durante 10 años (entre los 16 y la edad de devengo de la pensión), teniendo que haber resididos dos años seguidos, de forma ininterrumpida antes de formalizar el proceso.

El pensionista percibe una cuantía fija íntegra de 484,61 euros siendo la pensión íntegra mensual (6.784,54 euros anual), siendo la pensión mínima 121,15 euros mensuales que es el 25% de la íntegra (1.696,14 euros anuales).

La gestión de este tipo de pensiones se llevará a cabo por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y sus competencias se derivan a cada comunidad autónoma.

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez.

Una u otra sea contributiva o no contributiva tienen como objetivo poder garantizar un mínimo a nuestros mayores y garantizarles unos beneficios mínimos para sobrevivir.

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