TE DAMOS LA RESPUESTA

¿Es posible desheredar a un cónyuge del testamento?

Este documento permite saber quiénes serán los beneficiarios de los bienes del testador, sin embargo, muchas veces surgen dudas cuando el titular fallece, por lo que ¿existe la posibilidad de desheredar al cónyuge?

Pareja mayor preocupada

Pareja mayor preocupadaiStock

Publicidad

Perder a un ser querido es un momento difícil de nuestra vida, de hecho, no son los mejores días, pero debemos ponernos manos a la obra con los temas administrativos porque tenemos solo un periodo de tiempo para realizar cualquier tipo de trámite. Recientemente te contábamos qué sucedía si alguien no reclamaba su herencia. Y, es que, ahora queremos explicarte si existe la posibilidad de desheredar al cónyuge del testamento.

Aunque no es obligatorio hacer un testamento, sí es recomendable, porque así se puede evitar, en un futuro, que los herederos tengan conflictos por no saber cómo repartir los bienes. Se trata de un trámite sencillo y rápido que casi todas las personas pueden permitírselo.

¿Existe la posibilidad de desheredar al cónyuge del testador?

Según establece el Código Civil, la herencia, los bienes e inmuebles son propiedad de una persona y que transmite a sus descendientes debe repartirse entre los herederos legales. Sin embargo, según el artículo 853 del Código Civil existen una serie de causas que permiten que una persona desherede a su cónyuge o pareja de hecho de la herencia.

1. La primera causa para no heredar un bien es en caso de "haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda".

2. Esto no es todo porque también podrá desheredar siempre y cuando "haya maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra" al testador.

3. Además, se tendrá en cuenta lo dictado en el artículo 756del Código Civil. "El que fuera condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es el causante, su cónyuge, la persona a la que esté unida o alguno de sus descendientes".

Herencia
Herencia | iStock

4. En caso de haber sido acusado de delito "para el que la ley señale pena grave, si es condenado por denuncia falsa".

5. También en caso de "fraude o violencia, obligare a hacer un testamento o a cambiarlo".

6. Y, por último, en caso de que el heredero "impida hacer otro testamento o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior".

Hablando en Plata» Economía

Publicidad