SOCIEDAD
Pensión asistencial para mayores españoles retornados: quién puede pedirla, cuánto se cobra y cómo tramitarla
Así funciona la ayuda para españoles que regresan desde países con protección social precaria: requisitos, cuantía máxima de 7.250,60 euros anuales en 2024 y dónde solicitarla.

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La pensión asistencial por ancianidad está dirigida a ciudadanos españoles de origen que residen en países donde la debilidad del sistema de protección social justifica esta ayuda y que deciden volver a España. Se concede, por tanto, por razón de necesidad a quienes retornan.
Quiénes pueden ser beneficiarios
Pueden acceder a la pensión dos perfiles:
- Españoles de origen nacidos en territorio nacional que salieron del país por motivos económicos, laborales o de cualquier otra naturaleza y fijaron su residencia en el extranjero.
- Españoles de origen nacidos fuera de España que acrediten haber residido en el país durante los 8 años previos a la solicitud, siempre que hayan mantenido la nacionalidad española durante todo ese periodo.
Requisitos para obtener el derecho
El derecho se reconoce a quienes reúnan las condiciones exigidas para acceder a una pensión de jubilación no contributiva del sistema español de Seguridad Social, con una excepción: no se les exige el requisito relativo a los periodos de residencia en territorio español.
Cuantía de la pensión
El importe será el que fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para la pensión de jubilación no contributiva, en cómputo anual y referido a 12 mensualidades. Para 2024 se estableció una cuantía máxima de 7.250,60 euros al año. La cantidad que perciba cada beneficiario dependerá de sus ingresos personales y familiares.
Plazos y renovación anual
No existe un plazo concreto para presentar la solicitud inicial. Lo que sí debe hacerse cada año es solicitar la renovación, acompañada de la «fe de vida» y, cuando proceda, de la declaración de ingresos. Los ingresos que hay que declarar, tanto en la solicitud inicial como en las renovaciones y fes de vida, son los correspondientes al año en el que se presenta cada solicitud.
Documentación necesaria
Para tramitar la pensión hay que presentar la documentación básica exigida para los españoles de origen retornados, junto con estos documentos:
- La solicitud.
- La declaración responsable sobre ingresos, rentas o pensiones.
- La declaración responsable sobre el patrimonio.
Dónde presentar la solicitud
La solicitud puede presentarse en distintos lugares:
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- En el Área de Trabajo de la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia de residencia en España.
- En el Registro Auxiliar del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, situado en la calle José Abascal, 39.
- En el registro del ayuntamiento correspondiente, donde también se puede pedir ayuda a los Servicios Sociales.
- Por correo postal certificado, dirigido al Servicio de Pensiones de la Subdirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno (C/ José Abascal, 39, 28003 Madrid).
- A través de la sede electrónica del ministerio.
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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