EL GOBIERNO LO CONFIRMA

Hasta 3 años de cotización gratis en la Seguridad Social para los que cumplan este requisito: ¿Cómo funciona?

El Gobierno ha propuesto algunas medidas para facilitar el acceso a la jubilación, permitiendo a la Seguridad Social reconocer ciertas condiciones para acceder a tres años de cotización.

Mujer mayor calculando la pensión

Publicidad

Este año 2025 es necesario tener cumplidos 66 años y 8 meses y haber cotizado un mínimo de 15 años en la Seguridad Social para acceder a la pensión de jubilación. Una edad que se irá incrementando como ha hecho estos últimos años hasta 2027, alcanzando los 67 años. En España, además, un ciudadano también puede tener 65 años y haber cotizado al menos 38 años.

Ahora bien, existen una serie de requisitos que, de cumplirlos, puedes llegar a tener cinco años extra de cotización en la Seguridad Social, por ejemplo.

Pensión de jubilación
Pensión de jubilación | iStock

Junto a ellos, el Gobierno ha determinado que 'regala' hasta tres años de cotización a los trabajadores que hubieran tenido que dejar de trabajar para dedicarse al cuidado de hijos o familiares.

Estos periodos de inactividad justificados se conocen como cotización asimilada al alta por excedencia y están regulados en el artículo 237 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

Mujer cuidadora
Mujer cuidadora | iStock

Los periodos de cotización podrán usarse bien para cumplir los requisitos mínimos de acceso a la pensión de jubilación o para mejorar la cuantía final de la pensión.

Se podrán beneficiar los trabajadores que hayan disfrutado de dicha excedencia para el cuidado de hijos por nacimiento, adopción o acogimiento permanente y de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, quienes no puedan valerse tras sufrir un accidentes, por razones de edad, enfermedad o discapacidad.

Cabe añadir que esta medida no se aplica a autónomos ni a los incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

En cuanto a los requisitos para disfrutar de estos tres años de cotización, se deberá tener una excedencia formalizada conforme al artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Mujer calculando la pensión
Mujer calculando la pensión | iStock

Además, la duración máxima computable será de hasta tres años por cada hijo y hasta un año por cada familiar. Junto a ello, durante los periodos en los que el trabajador ejerza de cuidador, estará en situación de alta a efectos de prestaciones y que las cotizaciones cuentan como jornadas completas incluso si antes de la excedencia el trabajo era a tiempo parcia

Para solicitarlo, se deberá comunicar a la empres por escrito con las fechas de inicio y final, aportando la documentación necesaria y presentándolo ante la Seguridad Social a través de la Sede Electrónica mediante el certificado digital o Cl@ve o presencialmente solicitando cita previa.

Hablando en Plata» Economía

Publicidad