PENSIONES

Jubilarse ya no es un adiós al sueldo: así funciona el nuevo extra de hasta un 25% para algunos pensionista

El próximo 28 de agosto entra en vigor el Real Decreto 416/2026, la reforma de la jubilación flexible que permitirá a determinados pensionistas incrementar hasta un 25% la parte de su pensión compatible con un nuevo empleo a tiempo parcial. La medida busca incentivar el regreso al mercado laboral de las personas mayores de 65 años y aliviar la presión demográfica sobre el sistema público de pensiones.

Jubilarse ya no es un adiós al sueldo: así funciona el nuevo extra de hasta un 25% para algunos pensionista

Jubilarse ya no es un adiós al sueldo: así funciona el nuevo extra de hasta un 25% para algunos pensionista Pixabay

Publicidad

A partir del 28 de agosto de 2026 entrará en vigor uno de los cambios más relevantes de los últimos años en materia de jubilación flexible. La Seguridad Social permitirá que determinados pensionistas que decidan volver a trabajar a tiempo parcial incrementen hasta un 25% la pensión que perciben mientras compatibilizan el empleo con el cobro de la prestación. La medida queda recogida en el Real Decreto 416/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que desarrolla el nuevo régimen jurídico de esta modalidad y modifica las condiciones de compatibilidad entre trabajo y pensión.

Quiénes pueden beneficiarse del incentivo

El complemento no se aplicará de forma generalizada a todos los pensionistas, sino que estará reservado a quienes accedan a la jubilación flexible y comiencen, por primera vez, una actividad laboral al menos seis meses después de haber causado la pensión de jubilación. Este requisito busca evitar que la medida sea una simple continuidad de la carrera profesional previa a la jubilación.

Además, será necesario que el trabajo se desarrolle a tiempo parcial, dentro de los nuevos márgenes que fija la norma: la actividad podrá suponer entre el 33% y el 80% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable, un abanico más amplio que el que existía hasta ahora, que se movía entre el 25% y el 75%.

Cuánto se puede cobrar de más

El importe del incentivo dependerá directamente del porcentaje de jornada realizado:

  • Un 25% adicional sobre la pensión compatible con el empleo, cuando la jornada parcial sea igual o superior al 55% e igual o inferior al 80% de la jornada completa comparable.
  • Un 15% adicional, cuando la jornada esté comprendida entre el 33% y menos del 55%.

Hasta ahora, la pensión se reducía simplemente en proporción a la jornada trabajada. Con la nueva regulación, el Gobierno añade un incentivo económico adicional para hacer más atractiva esta modalidad. Así, por ejemplo, un pensionista que cobre 1.000 euros mensuales y decida trabajar con una jornada del 60% vería su pensión base ajustada a 600 euros; al aplicarle el nuevo complemento del 25% (150 euros más), pasaría a cobrar 750 euros mensuales de pensión, a los que se sumaría el sueldo de su nuevo empleo.

Los autónomos, incluidos por primera vez

Una de las principales novedades de la reforma es que abre esta modalidad, por primera vez, a determinados trabajadores autónomos, que hasta ahora quedaban excluidos de este marco. Para acceder al incentivo, deberán cumplir un requisito específico: no haber estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los tres años anteriores al hecho causante de la jubilación. Con esta condición se busca garantizar una interrupción real de la actividad profesional y evitar que el trabajador continúe de forma inmediata con el mismo negocio tras jubilarse. A cierre de junio de 2026, España contaba con alrededor de 3,5 millones de afiliados al RETA, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La norma contempla además una excepción para quienes accedieron a la jubilación anticipada por causas ajenas a su voluntad, como despidos colectivos, despidos objetivos o concursos de acreedores: en estos casos, las cotizaciones realizadas durante la jubilación flexible podrán usarse para recalcular la base reguladora y reducir, o incluso eliminar, los coeficientes reductores aplicados al anticipar el retiro.

Una reforma pensada para el empleo sénior

La jubilación flexible forma parte del paquete de medidas del Gobierno para favorecer la permanencia voluntaria de los trabajadores de mayor edad en el mercado laboral y adaptar el sistema público de pensiones al progresivo envejecimiento de la población. Esta figura ya existía desde el Real Decreto 1132/2002, que permitió por primera vez compatibilizar el cobro de una pensión con un trabajo a tiempo parcial, pero su uso había sido muy limitado hasta ahora: el propio Gobierno reconoce en el nuevo decreto que la modalidad no había alcanzado los resultados esperados.

El contexto demográfico ayuda a explicar el impulso de esta reforma. El número de jubilados en España ha pasado de 4,6 millones en 2005 a 6,5 millones en 2025, un incremento del 41,3%. Solo en 2025 se registraron 375.324 nuevas jubilaciones, la cifra más alta desde 2005, en un país donde la esperanza de vida supera ya los 84 años de media. En la actualidad, la pensión media de jubilación se sitúa en 1.572 euros brutos mensuales, mientras que la máxima ronda los 3.360 euros en 14 pagas.

Con la entrada en vigor del Real Decreto 416/2026 el próximo 28 de agosto, los pensionistas que cumplan todos los requisitos podrán acogerse a estas nuevas condiciones, aunque el incremento del 15% o del 25% no será universal: dependerá de la modalidad de jubilación elegida, del tiempo transcurrido desde el acceso a la pensión y del porcentaje de jornada que se realice mientras se compatibiliza el trabajo con el cobro de la prestación. Además, se trata de un complemento de carácter temporal, que se abonará únicamente mientras el pensionista mantenga activa esa actividad laboral compatible.

Hablando en Plata » Economía

Publicidad