CAMPAÑA RENTA 2025
Declaración de la renta: ¿Qué es mejor presentarla conjunta o separada si estoy jubilado?
Dependiendo de tu situación personal y económica puede ser más útil que realices la declaración de forma conjunta, con tu pareja o de forma separada. Te explicamos en qué condiciones es más beneficioso.

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El próximo 8 de abril comienza la campaña de la renta de 2025 en la que los contribuyentes deben presentar la declaración de la renta del ejercicio fiscal del año pasado. Ya puedes consultar tus datos fiscales para ir preparando el borrador e incluso usar el simulador de que ha puesto en marcha la Agencia Tributaria para que compruebes si está todo en orden o que opciones podrían resultar más beneficiosas.
Si estás casado, tienes la opción de realizar la declaración de la renta de forma conjunta con tu pareja o realizarlo de forma individual. Dependiendo de la situación es más beneficioso hacerlo de una forma u otra.
Habitualmente si las dos personas continúan trabajando es más recomendable que se hagan de forma individual ya que suele resultar más óptimo. Sin embargo, si la pareja ya está jubilada hacerla de forma conjunta puede resultar mejor, aunque dependerá de la situación de ingresos en el conjunto familiar
¿Cuándo es mejor hacerlo de forma conjunta?
En el caso de una pareja ya jubilada dependerá de los ingresos que generen juntos, ya que la pensión, cuenta también como una renta de trabajo, si las dos personas tienen pensiones bajas o uno de los cónyuges no tiene ingresos o la pensión es muy baja, suele ser más interesante realizarla de forma conjunta.
¿Cuándo es mejor hacerlo de forma individual?
Si el matrimonio recibe una pensión media o alta suele ser más recomendable hacerla de forma individual.
En esta opción hay que tener en cuenta el mínimo personal y familiar que es la parte de tu renta en España que no tributa en el IRPF (está exenta) por considerarse necesaria para cubrir necesidades básicas. Se compone de la suma del mínimo del contribuyente (generalmente 5.550 €) más mínimos por hijos, ascendientes o discapacidad, reduciendo así la base imponible del impuesto. Según señala la Agencia Tributaria. Este se incrementa por la edad con más de 65 años son 6.700 euros. Si superas los 75, son 8.100 euros.
Al tributar por separado, cada uno aplica su mínimo personal mientras que en la declaración conjunta se aplican los mínimos personales y familiares correspondientes a la unidad familiar, además de una reducción adicional por tributación conjunta de 3.400 euros.
Por lo tanto, la mejor opción es valorar según tu situación personal cuál de las dos opciones es más beneficiosa en realidad si hacer la declaración de forma conjunta con tu pareja o de forma individual.
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