HACIENDA
El Congreso aprueba la devolución del IRPF a mutualistas jubilados en un único pago en 2025
La nueva norma permitirá reclamar de una vez los importes correspondientes a los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022. Hacienda reactivará las devoluciones en cuanto se publique la ley en el Boletín Oficial del Estado.

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El Congreso de los Diputados ha dado luz verde a una reforma legal que permitirá devolver en un solo abono las cantidades de IRPF que los mutualistas jubilados pagaron de más, tal y como reconoció el Tribunal Supremo. La medida, largamente esperada por miles de pensionistas, corrige el sistema actual que obligaba a reclamar año a año, y simplifica el procedimiento para que se pueda percibir de golpe lo correspondiente a los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022. La norma entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, prevista para los próximos días, momento en el que Hacienda podrá iniciar las devoluciones.
Esta modificación se ha incluido como disposición adicional en la Ley de responsabilidad civil y seguro de vehículos a motor, y fue aprobada en el último pleno antes de las vacaciones con amplia mayoría. Con este cambio se ponen fin a meses de incertidumbre, desde que en diciembre de 2024 Hacienda suspendiera temporalmente las devoluciones y paralizara el cómputo de los plazos de prescripción. De esta forma, se garantiza que ningún contribuyente pierda el derecho a recuperar lo tributado en exceso, ya que los plazos comenzarán a contar de nuevo una vez que la norma entre en vigor.

¿Quienes podrán beneficiarse?
Podrán beneficiarse de esta devolución quienes perciban pensiones de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina y hubieran realizado aportaciones a mutualidades laborales antes de 1967, que estarán totalmente exentas. También se aplicará una reducción del 25% para las aportaciones realizadas entre 1967 y 1978, así como para las cotizaciones a mutualidades sustitutivas previas a 1979. Además, se incluyen las pensiones complementarias procedentes de aportaciones a mutualidades anteriores al 1 de enero de 1995 y las satisfechas por fondos especiales del INSS, Muface, Mugeju o Isfas, a las que igualmente se les aplicará la reducción del 25% sobre la parte correspondiente.
Cómo solicitar la devolución
Quienes ya hubieran presentado la solicitud no tendrán que realizar ningún trámite adicional, ya que se entenderá ampliada automáticamente para cubrir los años 2020 a 2022. En cambio, quienes aún no lo hayan solicitado podrán hacerlo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, que mantiene habilitado el formulario. Hacienda dispone de un plazo máximo de seis meses y nueve días para resolver las devoluciones una vez formalizada la petición.
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