SEGURIDAD SOCIAL

Esta será la nueva edad de jubilación para los autónomos a partir de 2025

A partir del 1 de enero de 2025, la edad de jubilación para los trabajadores autónomos en España experimentará un incremento, afectando también a los trabajadores por cuenta ajena.

Esta será la nueva edad de jubilación para los autónomos a partir de 2025

Esta será la nueva edad de jubilación para los autónomos a partir de 2025Pexels

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Los trabajadores autónomos en España verán un cambio significativo en su edad de jubilación a partir del 1 de enero de 2025. Según la nueva normativa, aquellos que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses a la Seguridad Social deberán esperar hasta los 66 años y 8 meses para jubilarse. Para los que hayan cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación se mantendrá en 65 años. Esta actualización afectará tanto a los autónomos como a los trabajadores por cuenta ajena, reflejando un esfuerzo por unificar y ajustar las políticas de jubilación a las expectativas de vida actuales.

Desde el 1 de enero de 2023, los autónomos deben cotizar a la Seguridad Social en función de sus ingresos netos reales, una medida que busca mayor equidad y sostenibilidad en el sistema de pensiones. Este cambio implica que todos los autónomos, independientemente de sus ingresos o tiempo cotizado, deben presentar la Declaración de la Renta.

La edad de jubilación ordinario actual es de 66 años y seis meses para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años, mientras que es de 65 años para quienes hayan cotizado igual o más de 38 años. Con la reforma de 2025, estos umbrales se ajustarán ligeramente, elevando la edad mínima para algunos.

Para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, es imprescindible haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, con al menos dos de estos años cumplidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación. Sin cumplir este requisito, los autónomos no podrán acceder a la pensión contributiva.

A pesar de estas reformas, persisten diferencias significativas entre las pensiones de jubilación de los trabajadores autónomos y los empleados por cuenta ajena. Según datos recientes de la Seguridad Social, la pensión media para los trabajadores del Régimen General es de 1.061 euros al mes, mientras que para los autónomos es de 962,4 euros al mes, una cifra inferior al Salario Mínimo Interprofesional (1.134 euros al mes).

Además, los trabajadores por cuenta ajena tienen la opción de acogerse tanto a la jubilación anticipada voluntaria como a la forzosa, mientras que los autónomos solo pueden optar por la jubilación anticipada voluntaria.

Estos cambios buscan una mayor equidad y sostenibilidad en el sistema de pensiones, asegurando que todos los trabajadores, independientemente de su régimen de cotización, puedan acceder a una jubilación digna y acorde con sus años de trabajo y contribución a la Seguridad Social.

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