PENSIONES

La edad de jubilación anticipada se retrasa en 2026

2026 llega no solo con una subida de las pensiones, sino también con un retraso en la edad de jubilación ordinaria y con ella, la edad de jubilación anticipada.

Jubilación

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El sistema de pensión de jubilación cambia este 2026, no solo en su cuantía, sino también en edad, un retraso en la jubilación ordinaria que impacta directamente en la jubilación anticipada.

Desde el 1 de enero de 2026, la edad de jubilación ordinaria sube dos meses, es decir, para poder acceder a una pensión de jubilación, los trabajadores que cuenten con menos de 38 años y 3 meses cotizados tendrán que cumplir 66 años y 10 meses. Aun así, los trabajadores que han cotizado más de estos 38 años y 3 meses podrán dejar de trabajar a los 65 años.

Estos cambios se ven reflejados en la jubilación anticipada voluntaria, la cual hace posible retirarse dos años antes de la edad legal establecida. Esto quiere decir que este año la edad máxima será de 64 años y 10 meses en aquellos trabajadores que hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses. Los trabajadores con más meses de cotización podrán cobrar su pensión a los 63 años.

En cualquiera de los casos, no se cobrará la pensión entera, sino que se aplicarán una serie de coeficientes reductores que disminuirán la pensión con un porcentaje por cada mes de anticipo.

En el caso de la jubilación anticipada involuntaria o forzosa, esta se puede solicitar hasta 4 años antes de la ordinaria. Esto significa que en 2026, los trabajadores con menos de 38 años y 3 meses de cotización podrán solicitar el retiro adelantado forzoso desde los 62 años y 10 meses.

Este caso está dirigido para aquellos que sufran paro de larga duración, despidos o procesos de ERE, entre otras situaciones. Para ello, es imprescindible que el trabajador haya sido despedido con causa objetiva, como traslados forzosos, impagos de nóminas o cambios en las condiciones de trabajo, entre otras.

Los trabajadores que acrediten más de 38 años y 3 meses de cotización, podrán solicitar su pensión anticipada desde los 61 años. Al igual que en el caso anterior, la pensión será penalizada, es decir, se aplicarán unos coeficientes reductores que varían según el número de meses de anticipo.

También existen unas jubilaciones anticipadas excepcionales para quienes desarrollen una actividad considerada de naturaleza penosa, tóxica, peligrosa o insalubre. Estos trabajadores podrán solicitar su pensión anticipada a los 60 años siempre y cuando tengan un mínimo de 15 años de cotizaciones de la Seguridad Social, al ser uno de los requisitos exigidos para cobrar cualquier pensión contributiva.

En este grupo se incluyen mineros, personal de vuelo, trabajadores ferroviarios, policías locales y autonómicos, bomberos, profesionales taurinos y ciertos artistas. En el caso de los funcionarios incluidos en el Régimen de Clases Pasivas podrán también jubilarse de mantera voluntaria a los 60 años si acumulan al menos 30 años de servicios al Estado.

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