IMPUESTOS

Así queda el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en 2024

A veces, según en la Comunidad Autónoma en la que residas recibir una herencia puede convertirse en un auténtico infierno debido al impuesto de Sucesiones. Como novedad en 2024 este impuesto se reducirá en algunas autonomías donde hasta ahora era más caro.

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El Impuesto de Sucesiones es el que grava los bienes de una persona fallecida y cuyos sucesores o herederos deben hacerse cargo y tributar por ese impuesto. No obstante, no es un impuesto estatal, por lo que depende de cada Comunidad Autónoma donde el fallecido tuviera su residencia habitual. Incluso aunque la persona no estuviera permanentemente en el mismo lugar o tuviera varios padrones se tiene en cuenta la residencia de los últimos 5 años de vida de esa persona para aplicar el impuesto en la herencia.

También la cantidad a pagar por parte de los sucesores dependerá del grupo de parentesco siendo los herederos menores de 21 años de carácter simbólico (grupo 1) y los descendientes o adoptados, de más de 21 años, cónyuges, ascendientes o adoptantes, el impuesto que haya designado la autonomía (grupo 2).

Impuesto de Sucesiones y Donaciones en diferentes comunidades autónomas

  • Madrid. Los cónyuges y parientes directos del fallecido podrán obtener un cobro del 99% de la herencia, por lo que únicamente tendrán que pagar el 1% del impuesto. En caso de que la herencia sea para los hermanos del fallecido, entonces cobrarán solamente el 15% y los sobrinos el 10%.
  • Andalucía. Si perteneces al grupo 1 y 2 tendrás un límite de hasta un millón de euros, una vez que superes esta cantidad tendrás que pagar el impuesto.
  • Cataluña. Los parientes del grupo 1, es decir, menores de 21 años podrán obtener el cobro de 100.000 euros sin pagar este impuesto. Sin embargo, solamente podrán beneficiarse de 12.000 euros anuales hasta cumplir los 21 años. Si eres cónyuge o pareja del fallecido tendrás como límite 100.00 euros, si eres nieto entonces 50.000 euros y en caso de ser el padre o abuelo 30.000 euros.
  • Galicia. El grupo 2 tendrá un límite de 400.000 euros mientras que las personas con discapacidad de 300.000 euros.
  • Castilla - La Mancha. El grupo 2 tendrá una bonificación del 100%. Si supera la cantidad de 300.000 euros entonces la bonificación será del 80%.
  • Castilla y León. Los grupos 1 y 2 tendrán una reducción de 400.000 euros sin pagar el impuesto. En cambio, si los herederos son víctimas de violencia de género o terrorismo entonces obtendrán el cobro de la herencia del 99%.
  • Asturias. Los grupos 1 y 2 no tendrán que pagar ninguna cantidad si es inferior a 300.000 euros.
  • Aragón. La bonificación será del 65% siempre y cuando no superen los 100.000 euros.
  • Extremadura. Los grupos 1 y 2 tendrán una bonificación del 99% y solamente tendrán que pagar un 1%.
  • Murcia. El grupo 2 tiene una bonificación del 99%, por lo que pagaran lo mismo que en Extremadura, es decir, el 1%.

En 2024, las Comunidades de Baleares, Canarias, Cantabria, La Rioja y la Comunidad Valenciana rebajarán el impuesto.

Islas Baleares, aunque se han adelantado al 2024 desde verano en esta comunidad autónoma no tributan nada. Si se es descendiente directo, entre hermanos, tíos y sobrinos se aplicará un 25% de la cuota y un 50% si el fallecido no tenía descendencia, según detalla la OCU. 

En Canarias, se aplicaba la exención del impuesto si la cantidad no superaba los 55.000 euros sin embargo esta parte se ha eliminado.

Por su parte Cantabria, donde los descendientes podían cobrar el 100% si no se superaba los 100.000 euros ahora se bonificará con el 50% si la herencia es entre hermanos.

En La Rioja, a partir del 2024 se bonificará el 99% de la cuota de todas las herencias.

En la Comunidad Valenciana, hasta ahora se aplicaba una bonificación del 50% de la herencia y lo demás debía ser declarado en el impuesto. Sin embargo,desde las pasadas elecciones de mayo y con carácter retroactivo, esa bonificación ha aumentado hasta el 99% entre cónyuges, ascendientes y descendientes.

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