UN COMPLEMENTO VIGENTE DESDE 2021

Qué es el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones y quién puede pedirlo

La maternidad y la paternidad suelen dejar huella en la trayectoria laboral, especialmente en el caso de las mujeres, y esa huella termina notándose también en la cuantía de la pensión. Con el objetivo de paliar este efecto, la Seguridad Social dispone de un complemento pensado específicamente para reducir la brecha de género en las pensiones contributivas. Te contamos quién puede solicitarlo, qué requisitos exige y cómo se tramita.

Qué es el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones y quién puede pedirlo

Qué es el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones y quién puede pedirlo Pexels

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La brecha de género en las pensiones tiene una causa clara: las mujeres interrumpen o reducen su actividad laboral con mucha mayor frecuencia que los hombres tras el nacimiento o la adopción de un hijo, lo que se traduce en carreras de cotización más cortas o con lagunas y, en consecuencia, en pensiones más bajas. Para corregir esta desigualdad, la Seguridad Social puso en marcha en febrero de 2021 el complemento para reducir la brecha de género, que se suma a las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente y viudedad reconocidas a partir de esa fecha.

A quién va dirigido

Aunque está pensado principalmente para las mujeres, que son quienes sufren de forma mayoritaria el impacto laboral de la maternidad, también pueden solicitarlo los hombres en determinados supuestos: cuando hayan perdido a su pareja y sean los progenitores de hijos con derecho a pensión de orfandad, o cuando acrediten que su propia carrera profesional se vio interrumpida o reducida tras el nacimiento o adopción de un hijo, y que además su pensión es inferior a la de la madre.

En caso de que ninguno de los dos progenitores haya visto afectada su carrera, el complemento se adjudicará a la madre. Si ambos progenitores son mujeres, lo recibirá aquella cuya pensión sea de menor cuantía. El complemento no podrá reconocerse a quien haya sido privado de la patria potestad, ni al padre condenado por violencia contra la mujer o contra los hijos.

Cuánto dinero supone

La cuantía del complemento se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para 2024 quedó establecida en 33,20 euros mensuales, un importe que se actualiza con la revalorización anual de las pensiones. Este complemento se suma a la pensión incluso en el caso de quienes ya perciben la pensión máxima, y no computa como ingreso a efectos de los complementos a mínimos.

Cómo y cuándo pedirlo

No hace falta un trámite separado: el complemento se solicita junto con la propia pensión, en el momento de presentar la solicitud en el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para acceder a él, los hijos deben estar inscritos en el Registro Civil y el solicitante debe estar dado de alta en algún régimen de la Seguridad Social.

En el caso de los hombres, los requisitos varían según la fecha de nacimiento o adopción del hijo. Para los nacidos antes del 1 de enero de 1995, se exige acreditar más de 120 días sin cotización en el periodo comprendido entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores. Para los nacidos a partir de esa fecha, la base de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento debe haber caído más de un 15% respecto a los 24 meses anteriores.

El complemento se mantendrá vigente mientras la brecha de género en las pensiones de jubilación causadas el año anterior sea superior al 5%. Es decir, su continuidad está ligada directamente a la persistencia del problema que busca corregir.

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