PENSIONES
¿Se podrían cobrar dos pensiones de viudedad?
La pensión de viudedad es una pensión vitalicia y compatible con otro tipo de pensiones contributivas como la de jubilación y la incapacidad, sin embargo ¿podría existir alguna compatibilidad que aunque la persona se volviera a casar y su cónyuge falleciera podría solicitar una nueva pensión de viudedad? Te lo explicamos.

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La pensión de viudedad es una pensión contributiva que otorga la Seguridad Social. Esta se da al cónyuge de una persona fallecida que estuviera en ese momento dado de alta en el Sistema Nacional de la Seguridad Social en el momento morir.
Por norma general, esta pensión se cobra de forma indefinida, sin embargo, si esta se vuelve a casar o formaliza una pareja de hecho esta pensión queda suspendida. No obstante, si la persona es mayor de 61 años, tiene alguna discapacidad o invalidez mayor del 65%, si esta pensión supone la única fuente de ingresos o incluso si con esta pensión y los ingresos de la nueva pareja no llegan al salario mínimo interprofesional (SMI) esta pensión podría seguir cobrándose a pesar de haber contraído nuevamente matrimonio.
¿Sería posible que con esta casuística si el nuevo cónyuge falleciera cobrar dos pensiones de viudedad? Pues la realidad es que NO, según la normativa de la Seguridad Social: "la nueva pensión de viudedad que pudiese generarse como consecuencia del fallecimiento del nuevo cónyuge o pareja de hecho, será incompatible con la pensión o pensiones de viudedad que venía percibiendo, debiendo optar por una de ellas".
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Por lo tanto, en el caso de que el nuevo cónyuge falleciera, el afectado o afectada tendría que elegir entre una de las pensiones de viudedad a cobrar si del primer matrimonio o del segundo (o pareja de hecho si fuera el caso)
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