EL PRÓXIMO 29 DE SEPTIEMBRE

¿Tiene DNI tu perro? Con la nueva Ley de Bienestar Animal es obligatorio

En unos días entrará en vigor la nueva ley que protege los derechos de los animales y a partir de entonces será obligatorio que los animales de compañía domésticos tengan un documento de identidad.

Publicidad

El próximo 29 de septiembre entrará en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 16 de marzo. Una norma que pretende avanzar con el maltrato y el abandono animal y que ampara los derechos de los animales. Recientemente te contábamos el tiempo máximo que tu mascota puede estar sola en el hogar. Y, es que ahora te explicamos por qué tu perro debe tener un DNI.

Tal y como detalla el BOE la Ley 7/2023 ha establecido un conjunto de artículos sobre las nuevas condiciones a tener en cuenta para el bienestar animal y entre ellos se encuentra el artículo 10, que trata sobre la Naturaleza del Sistema Central de Registros para la Protección Animal y donde aparece reflejado el documento de identificación animal.

Este sistema "constituye un sistema de información único, cuyo objetivo es servir de apoyo a las diferentes administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias en materia de protección y derechos de los animales", así define el BOE este artículo.

¿En qué consiste el DNI?

Según este artículo de la Ley de Bienestar Animal el DNI animal se trata de un documento que permite conocer en cualquier momento los datos de las mascotas del hogar, independientemente de la comunidad autónoma desde la que se realice la consulta.

De esta forma, es un documento obligatorio, que cualquier perro debe tener, porque así lo define el BOE "la inscripción de cualquier animal de compañía, que conforme a lo dispuesto en la ley o en las disposiciones normativas de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, dispongan de un sistema de identificación obligatoria, así como la identidad de su propietarios o responsables".

Esto se debe a que este registro tiene la finalidad de facilitar la identificación de cualquier animal abandonado en "cualquier punto del territorio nacional" con independencia de la comunidad autónoma "en el que hubiera sido registrado".

Mano de un hombre junto a un perro
Mano de un hombre junto a un perro | iStock

¿Qué incluirá el DNI?

Se conformará con los "datos identificativos y sanitarios del animal". Además, si se realizan actividades asociadas a actividades humanas, como la actividad cinegética, empleo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad o actividad de pastoreo tendrá que estar siempre identificado y acompañado con los datos de la persona propietaria y responsable.

Hablando en Plata» Experiencia

Publicidad